El Canal Ético de Grupo Piñero asegura la comunicación directa, confidencial y segura de las Consultas y Denuncias por parte de los Miembros de la Organización, Socios de negocio y/o Terceros, en virtud del cumplimento normativo interno y externo y de Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
Los Informantes que deseen utilizar el Canal Ético de GRUPO PIÑERO podrán presentar, previa identificación o de manera anónima, Consultas y Denuncias.
Las Consultas deberán incluir la siguiente información:
Fecha de presentación de la Consulta.
En caso de que la Consulta no sea anónima, nombre y datos de contacto del Informante. A efectos de facilitar una respuesta sobre la Consulta, es recomendable incluir en la Consulta la identidad del Usuario del Canal de denuncias, que se protegerá activamente, de manera que ésta será confidencial.
Una exposición clara y lo más detallada posible de la cuestión que requiere aclaración o respuesta, así como del motivo por el que se solicita dicha aclaración, respuesta o criterio.
En su caso, la Norma, Política o Procedimiento sobre la que se plantea la duda.
Cualquier otra información o documento que el Informante considere oportuno aportar.
Las Denuncias deberán incluir el siguiente contenido mínimo:
Fecha de presentación de la Denuncia.
En caso de que la Denuncia no sea anónima, nombre y datos de contacto del Informante.
Exposición clara y detallada de los hechos.
Identificación del autor de los hechos, de otros sujetos que puedan haber intervenido y de personas que puedan tener conocimiento sobre los mismos.
Nombre y datos de contacto del Informante, siempre y cuando no se quiera realizar anónimamente. A efectos de facilitar la investigación de los hechos denunciados, es recomendable incluir en la Denuncia la identidad del Informante, que se protegerá activamente, de manera que ésta será confidencial.
Momento en el que se produjo el Incumplimiento o si se está llevando a cabo en la fecha de interposición de la Denuncia.
Cualquier otra información, documento y/o prueba que el Informante considere oportuno aportar.
Las denuncias falsas o malintencionadas podrán dar lugar a las correspondientes sanciones, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o incluso penales que se puedan derivar según el ordenamiento vigente.
Si bien a efectos de facilitar la investigación de los hechos denunciados es recomendable incluir en la Denuncia la identidad del Informante, que se protegerá activamente, de manera que ésta será confidencial, la Denuncia también podrá ser interpuesta de manera anónima.